OTROS SERVICIOS: En la inmensa mayoría de ellos Ud. tendrá que abonar al menos la mitad por adelantado. Es por ello que les exigen que vayan a firmar el convenio regulador al despacho del Procurador, donde tendrán ya que adelantar una parte de los honorarios antes de haber presentado la demanda de separación o divorcio en el Juzgado. En nuestro caso, Ud. no tendrá que acudir al despacho del Procurador a firmar el convenio regulador antes de presentar la demanda, ni abonar cantidad a cuenta alguna. Le remitiremos directamente el convenio y nos lo devolverá firmado sin más, con lo que, además, ganaremos un tiempo precioso.
- Unos NO incluyen los gastos de Procurador ¡Ojo!: Este profesional que trabaja en estrecha colaboración con el Abogado, siendo la persona que representa a las partes en el procedimiento, normalmente cobra conforme a una serie de variables tales como pensiones y patrimonio contenido en la liquidación de la sociedad ganancial, pudiendo oscilar sus honorarios entre 150 y 400 Euros (incluso a veces más). Por ello no conocerá el precio de su separación o divorcio hasta el final. Y podrá llevarse una desagradable sorpresa. En nuestro servicio, los gastos del Procurador están incluidos en los 440 Euros.
- Otros no incluyen los impuestos: Por ello habrá que añadirle el IVA a la cantidad en principio ofrecida. Observará el precio inicial en grande y claro está “+iva” en pequeñito, que no se vea. Nuestro precio incluye impuestos, no habrá sorpresas de este tipo.
- Muchos ofrecen distintos precios según las circunstancias: Parten de un precio muy bajo, pero luego si Ud. tiene hijos o hay que establecer algún tipo de pensión alimenticia o compensatoria, el precio es superior. Si tiene bienes o préstamos (es fácil que posean un coche, un préstamo o la vivienda), es decir, si hay que hacer liquidación de la sociedad ganancial o de bienes comunes, el precio igualmente le aumenta, incluso algunos indican “consultar”. Nuestro precio es fijo, no hay variaciones por el hecho de que haya hijos o liquidación del patrimonio.
- Algunos afirman que “no es necesario hacer la liquidación de los bienes en el procedimiento, pueden hacerlo con posterioridad”: Esta última afirmación es errónea, pues la mayoría de los Juzgados exigen que en los procedimientos de mutuo acuerdo se haga la liquidación de los bienes matrimoniales, aunque se adjudique cada bien al cincuenta por ciento. Y en el mejor de los casos, si no la hacen en el procedimiento de separación o divorcio, luego tendrán el problema de liquidar y deberán acudir a un Notario e incrementar considerablemente los gastos. Nuestros convenios siempre incluyen la liquidación de bienes de haberlos, siendo el precio el mismo.
- Gastos sorpresa añadidos: Como les decimos, si no hacen la liquidación de los bienes en el convenio regulador de separación o divorcio, luego probablemente tendrán que hacerlo por su cuenta, acudiendo a un Notario, pagando una buena suma por ello. También podrán presentárseles otros gastos con los que no contaban como por ejemplo el abono de un poder a procuradores (que en nuestro caso lo suplimos, pues la designación del procurador se hace en el mismo Juzgado, lo que no conlleva gasto alguno).
OTROS SERVICIOS: En algunos de ellos le pedirán unos datos iniciales, para en un segundo momento pedirle más datos. Luego le harán ir al despacho de un Procurador a firmar el convenio (esto es una manera de cobrarle dinero por adelantado), lo que hará que todo se retrase. No hay divorcio inmediato, no hay divorcio en quince días, el procedimiento durará dependiendo de varios factores ajenos a la voluntad del abogado, como si hay o no hijos menores, Juzgado en el que toque el trámite, funcionario del Juzgado que gestione el procedimiento, etc. No se deje engañar.
OTROS SERVICIOS: Muchos dirán la tan manida frase de “varios años de experiencia nos avalan”. Compruébelo. Claro que primero tendrá que saber de quien se trata, pues en algunos servicios ni siquiera aparece el nombre de quien los ofrece, lo que supone una completa ilegalidad y falta de garantía. En otros casos le costará dar con el autor. Una vez lo encuentre, apunte el Colegio profesional al que pertenece y número de colegiado. Llame al Colegio de Abogados correspondiente y pida información. Y haga lo propio con los Abogados de nuestro servicio.


EN NUESTRO DESPACHO USTED PAGA UNA VEZ OBTENIDA SENTENCIA: Ud. pagará exactamente 440 Euros, -ni un céntimo más-, cuando se haya conseguido el resultado que desea, es decir, que el Juez haya dictado Sentencia de Separación o Divorcio. Antes no tendrá que pagar ni un Euro. Hacemos por ello una cuestión de fe en nuestros clientes y sabiendo como sabemos que siempre quedan satisfechos, no tenemos el más mínimo inconveniente de esperar al final del procedimiento para cobrar.




